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Esta Resoluci n proh be la movilizaci n de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional. El herraje de los bovinos (vacunos y bufalinos) se realizar , de manera obligatoria, durante los primeros seis meses de vida del animal. En los estados fronterizos (Amazonas, Apure, Bol var, T chira y Zulla) podr establecerse un periodo de herraje m nimo, en funci n de preservar el patrimonio ganadero de la Naci n. Igualmente, queda prohibida la movilizaci n de bovinos en pie con herraje reciente (hierro fresco) o cuando existan indicios de que las marcas de hierros han sido adulteradas. Se exhorta a todas las autoridades civiles, policiales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de esta Resoluci n y a la aplicaci n de las normas vigentes en la materia, en resguardo del derecho del pueblo venezolano al abastecimiento oportuno y estable de alimentos.
Title:
Resoluci n DM/N 059/2017 - Mediante la cual se proh be la movilizaci n de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional.
Country:
Venezuela (Bolivarian Republic of)
Type of document:
Regulation
Date of text:
2017
Data source:
Repealed:
No