Definition(s)
El “estado de derecho” se refiere a un principio de gobernanza según el cual todas las personas, instituciones y entidades, públicas y privadas, incluido el propio Estado, están sometidas a leyes que se promulgan públicamente, se hacen cumplir por igual y se aplican con independencia, y que están en consonancia con las normas y principios internacionales de derechos humanos. Asimismo, exige que se adopten medidas para garantizar el respeto de los principios de primacía de la ley, igualdad ante la ley, responsabilidad ante la ley y equidad en su aplicación, la separación de poderes, la participación en la toma de decisiones, la seguridad jurídica, la no arbitrariedad, y la transparencia procesal y legal. (Fuente: informe del Secretario General sobre el estado de derecho y la justicia de transición en sociedades en situaciones de conflicto y posteriores a un conflicto (S/2004/616); El “estado de derecho ambiental” integra las necesidades ambientales fundamentales con los elementos esenciales del estado de derecho, y constituye la base para la reforma de la gobernanza ambiental. Se da prioridad a la sostenibilidad del medio ambiente y la conecta con los derechos y obligaciones fundamentales. Refleja implícitamente los valores morales universales y las normas éticas de comportamiento, y sienta las bases de los derechos y las obligaciones ambientales. Sin el estado de derecho ambiental ni el cumplimiento de los derechos y obligaciones legales, la gobernanza ambiental puede ser arbitraria, es decir, discrecional, subjetiva e impredecible. (Fuente: PNUMA)
Jerarquía
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Convenio de Basilea | 1 document | |
Convenio de Bamako | 3 decisions | |
United Nations Environment Assembly | 2 decisions |