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En la decisión  III/6, adoptada en su Tercera Reunión, la Conferencia de las Partes acordó:

1. Tomar nota de las cuentas certificadas y comprobadas del Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono con respecto a los gastos efectuados con cargo al Fondo en los ejercicios financieros de 1990 y 1991, así como de las cuentas certificadas y comprobadas de la Secretaría provisional del ozono;

2. Tomar nota de los informes financieros sobre el Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena correspondientes al primer año del bienio 1992-1993, finalizado el 31 de diciembre de 1992;

3. Instar a todas las Partes a que paguen sin demora sus contribuciones pendientes de los años 1990 a 1993, y también a que paguen sus futuras contribuciones en su totalidad y sin demora de conformidad con el mandato del Fondo Fiduciario y la fórmula relativa a las contribuciones adjunta al informe de la Conferencia de las Partes en su Tercera Reunión como anexo I;

4. Prorrogar el Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono del 31 de marzo de 1995 al 31 de diciembre de 2000;

5. Aprobar los presupuestos definitivos de 297.245 dólares EE.UU. para 1994; de 609.690 dólares EE.UU. para 1995; de 825.520 dólares EE.UU. para 1996, y de 317.020 dólares EE.UU. para 1997, tal como figuran en el anexo II del informe de la Conferencia de las Partes en su Tercera Reunión;

6. Instar a la Secretaría a que facilite a las Partes una estimación de las necesidades del trienio actual y, con la misma estructura, de los gastos efectivos de los tres años anteriores a fin de que las Partes conozcan bien las necesidades presupuestarias de la Secretaría.