Treaty
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1. Prorrogar la exención general para usos analíticos y de laboratorio en las condiciones establecidas en el anexo II del informe de la Sexta Reunión de las Partes hasta el 31 de diciembre de 2007;
2. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que informe anualmente sobre el desarrollo y la disponibilidad de procedimientos analíticos y de laboratorio que puedan realizarse sin utilizar las sustancias controladas que figuran en los anexos A, B y C (sustancias del grupo II y del grupo III) del Protocolo;
3. Aplicar las condiciones establecidas en los párrafos 3, 4 y 5 de la decisión X/19 a lo dispuesto en los párrafos 1 y 2 de la presente decisión;