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Decision
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Recordando las decisiones de las Partes relativas a mandatos anteriores de estudios sobre la reposición del Fondo Multilateral para la Aplicación del Protocolo de Montreal,

Recordando también las decisiones de las Partes en reposiciones previas del Fondo Multilateral,

1. Solicitar al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que prepare un informe para someterlo al examen de la 26ª Reunión de las Partes y lo presente por conducto del Grupo de Trabajo de composición abierta, en su 34ª reunión, a fin de que la 26ª Reunión de las Partes pueda adoptar una decisión sobre el nivel apropiado de reposición del Fondo Multilateral para 2015–2017;

2. Que, cuando prepare el informe mencionado en el párrafo anterior, el Grupo tenga en cuenta, entre otras cosas:

a) Todas las medidas de control y decisiones pertinentes acordadas por las Partes en el Protocolo de Montreal y por el Comité Ejecutivo, en particular las relativas a las necesidades especiales de los países con nivel de consumo bajo y muy bajo, además de las empresas pequeñas y medianas, y las decisiones adoptadas por la 25ª Reunión de las Partes y el Comité Ejecutivo en sus reuniones 70ª y 71ª, en la medida en que para aplicar esas decisiones sea necesario incurrir en gastos con cargo al Fondo Multilateral durante el período 2015–2017;

b) La necesidad de asignar recursos para que todas las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 del Protocolo de Montreal puedan seguir cumpliendo los artículos 2A a 2E, 2G y 2I del Protocolo;

c) La necesidad de asignar recursos para que todas las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 puedan cumplir o seguir cumpliendo sus obligaciones correspondientes a 2013, 2015 y 2020 con respecto a los artículos 2F y 2H del Protocolo, teniendo en cuenta el prolongado compromiso que han demostrado esas Partes en los planes de gestión de la eliminación de los hidroclorofluorocarbonos que se han aprobado;

d) La división de la financiación relativa a la meta de 2020 aplicable al consumo y la producción de hidroclorofluorocarbonos de manera apropiada, con inclusión de una situación hipotética en que se divida la financiación relativa a la meta de 2020 aplicable al consumo de hidroclorofluorocarbonos en partes iguales entre las reposiciones de 2015–2017 y 2018–2020, pero sin limitarse a ello;

e) Los reglamentos y las directrices acordados por el Comité Ejecutivo en todas las reuniones, hasta su 71ª reunión inclusive, a fin de determinar el derecho a recibir financiación para proyectos de inversión y de otro tipo, por ejemplo, de fortalecimiento institucional, pero sin limitarse a ellos;

f) La necesidad de asignar recursos suficientes para actividades en el sector de servicios y mantenimiento en la etapa II de los planes de gestión de eliminación de los hidroclorofluorocarbonos mediante la asistencia técnica en la forma de actividades de recuperación, capacitación y otras actividades necesarias;

3. Como elemento adicional del requisito de financiación considerado en el párrafo 2 de la presente decisión, el Grupo debería presentar cifras indicativas de los recursos adicionales que se necesitarían para ayudar a las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 a ir evitando paulatinamente las alternativas a sustancias que agotan el ozono con un alto potencial de calentamiento atmosférico, teniendo en cuenta la disponibilidad de tecnologías seguras, que no perjudiquen el medio ambiente, estén probadas técnicamente y sean económicamente viables;

4. Que, cuando prepare el informe mencionado, el Grupo consulte ampliamente a todas las personas e instituciones pertinentes y otras fuentes de información apropiadas que considere útiles;

5. Que el Grupo procure completar el mencionado informe con tiempo suficiente para que se pueda remitir a todas las Partes dos meses antes de la 34ª reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta;

6. Que el Grupo proporcione cifras indicativas para los períodos 2018–2020 y 2021‑2023 para apoyar un nivel estable y suficiente de financiación, siempre que esas cifras se actualicen en estudios posteriores sobre la reposición;