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<p>Se alienta a los Estados Unidos de América y otras Partes afectadas por la pesca ilegal y el tráfico de totoaba a que:&nbsp;</p><p>a) refuercen la recopilación de información e inteligencia sobre los individuos que, dentro de su territorio, facilitan el tránsito de envíos ilegales de especímenes de totoaba a través de su territorio, su modus operandi para recibir, almacenar y exportar dichos envíos ilegales, y para hacer frente a sus actividades a través de investigaciones y operaciones basadas en datos de inteligencia, incluyendo el intercambio de información con las autoridades de México y China y otros países de destino, según proceda, en apoyo de las investigaciones de seguimiento a lo largo de la cadena de comercio ilegal;&nbsp;</p><p>b) en su puesta en práctica de medidas y actividades para combatir el tráfico de especímenes de totoaba, consideren el riesgo de que los cargamentos comerciales de productos del mar que transitan por su territorio se utilicen para ocultar y pasar de contrabando cargamentos ilegales de vejigas natatorias de totoaba y apliquen medidas estrictas de inspección de dichos cargamentos con origen y destino en Partes que se sabe que están afectadas por el tráfico de especímenes de totoaba; y que también examinen las prácticas nacionales al respecto para garantizar que las medidas en vigor sean eficaces o se adapten según sea necesario para responder a cualquier nueva tendencia identificada; y&nbsp;</p><p>c) presenten un informe a la 81ª reunión del Comité Permanente sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos.</p>