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Recordando las decisiones VII/24, X/13, XIII/1 y XVI/35 relativas a mandatos anteriores para la realización de estudios sobre la reposición del Fondo Multilateral para la aplicación del Protocolo de Montreal,

Recordando también las decisiones VIII/4, XI/7, XIV/39 y XVII/40 relativas a reposiciones anteriores del Fondo Multilateral,

1. Pedir al Grupo de Evaluación Tecnológica y Económica que prepare un informe para someterlo a la consideración de la 20ª Reunión de las Partes, y que lo presente por conducto del Grupo de Trabajo de composición abierta, en su 28ª reunión, a fin de que la 20ª Reunión de las Partes pueda adoptar una decisión sobre el nivel apropiado de reposición del Fondo Multilateral correspondiente a 2009-2011. En la preparación de su informe, el Grupo debería tener en cuenta, entre otras cosas:

a) Todas las medidas de control, y decisiones pertinentes, acordadas por las Partes en el Protocolo de Montreal y el Comité Ejecutivo, incluidas las decisiones adoptadas por la 19ª Reunión de las Partes y en las reuniones 53ª y 54ª del Comité Ejecutivo, en la medida en que para aplicar esas decisiones sea necesario incurrir en gastos con cargo al Fondo Multilateral durante el período 2009‑2011, con inclusión de marcos hipotéticos que indiquen los costos incrementales admisibles y la eficiencia en función de los costos vinculados a la aplicación por las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 de los ajustes y las decisiones relacionadas con los HCFC y, además, el Grupo debería proporcionar cifras indicativas para los períodos 2012 a 2014 y 2015 a 2017 para contar con información que sirva de base para determinar un nivel estable de financiación que se actualizaría antes de fijar las cifras para esos períodos;

b) La necesidad de asignar recursos para que todas las Partes que operan al amparo del párrafo 1 del artículo 5 puedan seguir cumpliendo los artículos 2A a 2I del Protocolo de Montreal y puedan cumplir las nuevas medidas que posiblemente se acuerden en relación con el período 2009-2011 en el marco del Protocolo de Montreal;

c) Los reglamentos y las directrices acordados por el Comité Ejecutivo hasta su 54a reunión, inclusive, para determinar el derecho a recibir financiación para proyectos de inversión (incluidos proyectos del sector de la producción) y proyectos de otro tipo y planes de eliminación sectoriales o nacionales;

d) Los programas por países aprobados;

e) Los compromisos financieros para 2009-2011 relacionados con los planes de eliminación sectoriales y nacionales acordados por el Comité Ejecutivo;

f) La dotación de fondos para acelerar la eliminación y mantener el impulso, teniendo en cuenta el tiempo de preparación para la ejecución de los proyectos;

g) La experiencia acumulada hasta la fecha, incluidas las limitaciones y los éxitos en la eliminación de sustancias que agotan el ozono obtenidos con los recursos ya asignados, así como el desempeño del Fondo Multilateral y sus organismos de ejecución;

h) El impacto que probablemente tendrán el mercado internacional, las medidas de control de las sustancias que agotan el ozono y las actividades de eliminación emprendidas por los países en la oferta y la demanda de sustancias que agotan el ozono, los efectos respectivos en el precio de esas sustancias y el aumento consiguiente de los costos de los proyectos de inversión durante el período que se está examinando;

i) Los gastos administrativos de los organismos de ejecución y el costo de la financiación de los servicios de secretaría del Fondo Multilateral, incluida la celebración de reuniones;

2. Que, en el desempeño de esta tarea, el Grupo consulte ampliamente con todas las personas e instituciones pertinentes y otras fuentes de información apropiadas que se consideren útiles;

3. Pedir al Grupo que proporcione información adicional sobre los niveles de financiación necesarios para la reposición en cada uno de las años 2012, 2013 y 2014 y estudiar las consecuencias financieras y de otro tipo que tendría un período de reposición más extendido, en especial si de aplicarse esa medida el nivel de las contribuciones se haría más estable;

4. Que el Grupo se esfuerce por finalizar su labor a tiempo para que se pueda distribuir su informe a todas las Partes dos meses antes de la 28ª reunión del Grupo de Trabajo de composición abierta;

5. Pedir al Grupo que tenga en cuenta las conclusiones a que se llegó como resultado del estudio realizado por el Comité Ejecutivo de conformidad con el párrafo 2 de la decisión XVIII/9 en caso de que se presenten a la Secretaría del Ozono propuestas de medidas de control relacionadas con el tema de ese estudio.